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ARGENTINA - El “sano juicio” jamás prescribe

Daniel E. Benadava

Martes 12 de agosto de 2008, puesto en línea por Daniel E. Benadava

Por estos días en la República Argentina, que -como dice la "Milonga del Trovador"- es una tierra hermosa de América del Sur mezcla gaucha de indio con español, se desarrolla un debate "político - ideológico" sobre la valoración histórica y penal que deben tener aquellos militares que, a mediados de la década del ’70 del siglo pasado, derrocaron al gobierno democrático existente por aquél entonces e instauraron un régimen de temor, desaparición y muerte.

En efecto, mientras se están desarrollando a lo largo de la República Argentina numerosos juicios contra los militares que gobernaron al país entre los años 1976 y 1983, algunos reducidos grupos de derecha sostienen que sería necesario decretar una amnistía general -cuestión que ya se intentó realizar décadas atrás con las posteriormente declaradas inconstitucionales Leyes de Obediencia y Punto Final-; y, así mismo, consideran que el gobierno militar no cometió delitos contra la humanidad ya que, en el transcurso de la década del ’70 del siglo pasado, se vivió una guerra en la que las Fuerzas Armadas Argentinas -en defensa de la propiedad privada, la familia y las buenas costumbres- combatieron contra grupos armados que eran marxistas y ateos.

En este sentido la Asociación de Familiares y Amigos de los Presos Políticos de Argentina sostiene que actualmente existen numerosos miembros de las Fuerzas de Seguridad Argentina que injustamente se encuentran detenidos y/o procesados ya que, entre otras cuestiones, "se desconoce que todo lo actuado contra el terrorismo (durante la década del ’70 del siglo pasado) se dio en el marco de un Conflicto Armado no Internacional , sujeto por lo tanto al Derecho de Guerra y no al Código penal Ordinario que rige durante la paz".

Ahora bien tras esta particular cosmovisión de la historia argentina se esconde una distorsionada percepción de la realidad debido a que, por ejemplo, no es cierto que las organizaciones revolucionarias estuvieran en contra de la religión ya que muchos de sus integrantes eran cristianos que, tal como lo afirmaba el teólogo y filósofo argentino Enrique Dussel, creían que el ateísmo de Marx era comparable al de los profetas del antiguo testamento en su negación de un Dios-ídolo; y, en este sentido, pensaban que en definitiva Marx no caía en la cuenta de que su ateísmo era la negación de la negación idolátrica de un Dios creador y alterativo. Por su parte el Padre Carlos Múgica, quién también sostenía que Marx no condenaba a la religión desde un punto de vista metafísico y filosófico, sino que condenaba esa religión histórica que él conoció; planteaba que los cristianos debían unirse a los marxistas en la lucha revolucionaria latinoamericana, sin intentar imponer sus propios dogmas y sin la cobardía de ocultar su fe.

Por otro lado muchos analistas sostienen que los actos que protagonizaron los militares argentinos durante los años 1976 y 1983 se inscriben dentro de lo que internacionalmente se conocen como "crímenes de lesa humanidad" que, según el artículo 7 del Estatuto de Roma (el cual es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional), están compuestos por “cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque: Asesinato; Exterminio; Esclavitud; Deportación o traslado forzoso de población; Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; Tortura; Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable; Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos...; Desaparición forzada de personas”.

De esta forma, y considerando que "en principio, los delitos de lesa humanidad son los cometidos por agentes del Estado dentro de un aparato organizado de poder... que estos crímenes no prescriben y que el principio de imprescriptibilidad se aplica aun a hechos cometidos durante el terrorismo de Estado, en la década del 70" (según lo afirmó el actual integrante de la Corte Suprema de Justicia Argentina, Eugenio Raúl Zaffaroni), en la República Argentina existe la idea de que hasta el último día de sus vidas existirá la posibilidad de juzgar a aquellos militares que, décadas atrás, hicieron desaparecer a 30.000 argentinos que soñaban con un país más justo, solidario y equitativo.

Por último cabe ser destacado que, hoy en día, la mayoría de los argentinos que durante los años 1976 y 1983 buscaron construir un país socialista y cristiano, parafraseando al poeta uruguayo Mario Benedetti, comenzaron a reconocer que décadas atrás sufrieron una derrota, y sin inventarse triunfos de cartón -que solo generan tristeza, rencor y resentimiento- buscan excavar hondo en el pasado (para hallar por fin la verdad maltrecha) y en el futuro (para buscar otra vez la verdad); y así, a sol y sombra, buscan juicio y castigo para aquellos hombres de mala voluntad que mataron, humillaron, cortaron en pedacitos la familia, condenaron al desamor e, infructuosamente, quisieron quemar el futuro.

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