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Comunicado

EL SALVADOR - Exigimos a las autoridades de investigacion y justicia la inmediata detencion de los 17 militares imputados en el asesinato de los seis sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras

Organizaciones de derechos humanos y sociedad civil

Martes 1ro de marzo de 2016, puesto en línea por colaborador@s extern@s

San Salvador, 2 de febrero de 2016.

A la opinión pública nacional e internacional.

Organizaciones de derechos humanos exigimos a las autoridades de investigación y justicia de El Salvador la inmediata detención de los 17 militares imputados en el asesinato de los seis sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras, sobre quienes pesan ordenes de captura internacionales.

Organizaciones de derechos humanos y sociedad civil que trabajamos por la memoria histórica y la verdad, justicia y reparación por las graves violaciones a los derechos humanos en nuestro país, debido a la situación de impunidad que persiste en El Salvador, hacemos las reflexiones siguientes:

1- Con fecha 04 de enero de 2016, el Honorable Magistrado Eloy Velasco Núñez, Juez de la Audiencia Nacional del Reino de España, titular del Juzgado Central de Instrucción No 6, reiteró a las autoridades de INTERPOL en España y a las autoridades de INTERPOL en El Salvador, y a la Dirección de la Policía Nacional Civil, las ordenes de cumplimiento internacionales de detención en contra de 17 militares imputados en el asesinato de seis sacerdotes jesuitas de la UCA y sus dos colaboradoras.

Estas órdenes de detención ya habían sido emitidas en el año 2011, pero lamentablemente fue denegada la petición de aprehensión por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, argumentando que estas órdenes equivalían solamente a un aviso de ubicación para los imputados, quienes se habían refugiado en las instalaciones de la Ex Guardia Nacional.

Posteriormente en una resolución de la Sala de lo Constitucional de 2014, ésta aclaró que una orden internacional de captura con difusión roja, implica no sólo la ubicación de los procesados, sino además su detención. Esto implica que con la reiteración de las nuevas órdenes, las autoridades salvadoreñas deberían proceder a la detención inmediata.

2- En los últimos meses del año 2015 y el inicio del presente año, se han generado numerosas acusaciones sin fundamento y carentes de solvencia moral, por parte de los ex militares, ex ministros de defensa, figuras políticas partidarias y diputados de la Asamblea Legislativa actual, que muestran temor a la verdad y justicia, señalando entre otras mentiras, que la actuación del Juez de la Audiencia Nacional es una injerencia en el país y que no tiene competencia; que el caso ya ha sido juzgado internamente y que se abrirán heridas entrando el país en un caos social.

Especialmente se está atacando la labor de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, (PDDH) que constitucionalmente está facultada para velar por el respeto y garantía de los derechos humanos [1], institución del Ministerio Público que ha emitido resoluciones y realizado llamamientos a las autoridades del país, con el fin de hacer cumplir de forma inmediata las órdenes de detención internacional en contra de los militares acusados en la Audiencia Nacional por crímenes de lesa humanidad, asesinato y terrorismo, así como también se ha pronunciado por la falta de juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el conflicto armado.
La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y las organizaciones de derechos humanos de El Salvador, hemos reiterado siempre, lo dictaminado por los organismos internacionales de supervisión en materia de derechos humanos hacia el Estado salvadoreño en el sentido de que los autores o presuntos autores de desapariciones forzadas y otros graves delitos que pueden constituir crímenes internacionales no deben beneficiarse de ninguna ley de amnistía especial o de otras medidas análogas que tengan por efecto exonerarlos de cualquier procedimiento o sanción penal [2].

Por ello, es falso que con esta resolución se esté atentando contra la soberanía nacional, ya que la actuación de la Audiencia Nacional de España se basa en el tratado de extradición existente entre el Reino de España y la República de El Salvador, puesto que los imputados son responsables de crímenes de lesa humanidad que se encuentran en impunidad, y si estos crímenes no son juzgados internamente por los estados, los responsables deben ser extraditados y enjuiciados en otros país. Asimismo, en las instancias internacionales se ha establecido que este juicio contra los autores materiales del crimen fue fraudulento y por lo tanto inválido, puesto que se “afectó la integridad del proceso e implicó una manipulación de la justicia con evidente abuso y desviación de poder” [3].

3- En 1992 comenzó un proceso esperanzador con nuevas instituciones, entre ellas la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, para garantizar que nunca se repitieran las graves violaciones de derechos humanos que se cometieron antes y durante el conflicto armado. Esta fue la oportunidad histórica para comenzar a terminar con la protección de quienes cometieron estos delitos, y de hacer justicia desde el Estado, es decir terminar con la IMPUNIDAD, a la vez dignificar y hacer justicia para las víctimas de delitos contra la humanidad.

Desde 1992, hasta la fecha, el Órgano Judicial, la Fiscalía General de la República, la Asamblea Legislativa, y el Órgano Ejecutivo continúan sin crear verdaderas condiciones para reconocer el daño y dolor causado a las víctimas.

Contrario a ello, se ataca la labor de defensores/as de derechos humanos, que exigimos al Estado su obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de crímenes de lesa humanidad, contraviniendo declaraciones internacionales sobre la protección de los defensores de derechos humanos en los cuales se ordena a los Estados proteger a las defensoras y defensores de derechos humanos, asegurando un efectivo desarrollo de su labor [4].

La Procuraduría para la defensa de los Derechos Humanos, PDDH; es actualmente la voz solitaria de la institucionalidad del Estado que ha mantenido su papel de defensora de los derechos de las víctimas por los delitos contra la humanidad, y en la actualidad el procurador de Derechos Humanos, ha reiterado en muchas ocasiones la necesidad de conocer la verdad de los sucedido, hacer justicia y realizar las reparaciones correspondientes.

Por todo lo anterior, las organizaciones firmantes a través de este comunicado EXIGIMOS:

1- Al director de la Policía Nacional Civil y a la oficina de Cooperación Nacional de INTERPOL cumplir de forma inmediata y sin dilaciones con las órdenes de detención internacional contra militares imputados en el asesinato de los seis sacerdotes jesuitas y sus dos colaboradoras.

2- A los funcionarios del Estado a cumplir las resoluciones y recomendaciones emitidas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en este caso y en los demás casos de violaciones a derechos humanos con seriedad y prontitud, puesto que tienen base constitucional y legal.

3- Respetar la labor de defensa y promoción de los derechos humanos de las organizaciones y de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, quienes no pueden ser objeto de amenazas y violaciones a la dignidad e integridad personal por parte de ex militares y otros actores políticos del país.

4- Las Víctimas del Conflicto Armado en El Salvador, con la razón moral y jurídica que nos asiste, rechazamos enérgicamente los ataques en contra del Procurador de los Derechos Humanos. Reconocemos que su actuación y compromiso está apegado a su deber constitucional, la dignificación de las víctimas y la memoria histórica. Exigimos, por tanto, el cese inmediato tales actuaciones en su contra; quiénes las han realizado tienen el deber de retractarse y reparar el ultraje cometido. Invitamos a toda la población a unirse en esta exigencia, que también fortalece el correcto funcionamiento de nuestra institucionalidad y el estado de derecho.

5- Las organizaciones de la sociedad civil, víctimas y familiares de víctimas de violaciones a derechos humanos, exigimos también al recién electo Fiscal General de la República Licenciado Douglas Arquímedes Meléndez, que inaplique la amnistía para casos de lesa humanidad y crímenes de guerra, así también que haga justicia en los más de 30 casos de denuncias sobre estos crímenes presentados a la Fiscalía General de la República en los últimos años.

6- Como sociedad salvadoreña no podemos olvidar que la violencia social y clima de impunidad que vive el país, tiene como causa un pasado inconcluso de justicia, verdad y reparación para las víctimas.

7- Con el derecho, autoridad y fortaleza moral y con la fuerza de la solidaridad que nos da la memoria y la acción, llamamos a la sociedad salvadoreña, a que se una y se manifieste en apoyo a la Procuraduría para la defensa de Derechos Humanos, y nosotros las víctimas y sus organizaciones e instituciones colaboradoras, seguimos en pie de lucha.

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[1Art 194 de la Constitución de la República. Corresponde al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos: 1o Velar por el respeto y garantía de los Derechos Humanos; 2o Investigar, de oficio o por denuncia que hubiere recibido, casos de violaciones a los Derechos Humanos; 3o Asistir a las presuntas víctimas de violaciones a los Derechos Humanos.....entre otras atribuciones.

[2Algunos de estos órganos son el Comité de Derechos Humanos, el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas e Involuntarias, el Comité contra la Tortura y la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos.

[3CIDH. Caso 10.488. Ignacio Ellacuria y otros. El Salvador. Informe No 136/99 del 22 de diciembre de 1999. Párr. 238.

[4Asamblea General de la ONU. 1998. Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos.

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